Sobre la relación entre la violencia contra las mujeres y la violencia de Género

La violencia contra las mujeres en sus diversas manifestaciones constituye en la actualidad un asunto de especial relevancia en las agendas de los gobiernos, grupos, organizaciones y actores, pues se reconocen cada vez más los costos sociales de este flagelo y su existencia como un verdadero obstáculo para lograr el desarrollo y la equidad social.

No son recientes los planteamientos internacionales en función de visibilizarla y prevenirla, pues “desde el decenio de 1970 se lanzaron campañas en gran escala para luchar contra esa situación. Dichas Campañas deben su fuerza al renacer del movimiento feminista en la década de los sesenta, fundamentalmente, en Europa y en América del Norte, que se extendieron rápidamente a otras zonas del mundo”[i].

 

La centralidad de este movimiento ha sido crucial en el proceso de sensibilización para la acción contra este fenómeno, así como el compromiso manifiesto de las Naciones Unidas desde esa fecha para el logro de esa meta. Han sido notables los resultados de las Conferencias Mundiales sobre las Mujeres promovidas por la ONU desde 1975 y múltiples las Resoluciones que se han establecido en sus Congresos (los dedicados a la Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente o a la Condición Jurídica de la Mujer) y diversos espacios de trabajo (tal es el caso de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer).

Pero, si bien el tema de la discriminación y de la violencia hacia las mujeres estuvo presente en los debates y documentos de las Naciones Unidas desde esta época, es en la “Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer” de 1993, que aparece una definición explícita sobre esta problemática. En el artículo 1 se establece que, “por «violencia contra la mujer» se entiende todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada”.

Como puede observarse, a diferencia de otras definiciones sobre el fenómeno, esta no hace alusión a las múltiples manifestaciones de violencia en que las mujeres puedan aparecer como víctimas (por razón de su edad, creencias, procedencia social, etcétera) sino, específicamente, a aquellas manifestaciones de violencia en las que ellas resultan afectadas “por su pertenencia al género femenino”. Por la forma en que está redactada (“todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino”) se infiere que la definición hace especial énfasis en la “violencia de género hacia la mujer” y pondera el abordaje de este tipo de violencia sobre otras que también pueden ir en detrimento de la integridad de ellas.

Vale recordar que esta Declaración responde a la lógica de un movimiento feminista que defiende los derechos de ellas y busca la equidad social a partir de su accionar. Es por ello que puede valorarse como uno de los resultados más tangibles de un proceso que se interesa por denunciar todo tipo de discriminación, maltrato e inequidad hacia las mujeres como principales víctimas, para así movilizar fuerzas y prevenir las serias afectaciones para sus vidas que tiene el sistema de dominación patriarcal a nivel internacional.

El citado documento también se propone llamar la atención sobre la vulnerabilidad de ellas y resaltarlas como seres que merecen especial atención cuando se aborda el asunto y/o se planifican acciones para atender este problema social. Por otra parte, constituye una valiosa herramienta para entender la estrecha conexión que existe entre la violencia hacia las mujeres y la violencia de género, a pesar de que no se pueden homologar ambas definiciones. Se parte de reconocer que la mayoría de las prácticas discriminatorias y de maltrato que existen hacia ellas se sustentan en los principios machistas, que se construyen y sustentan, desde y por la cultura patriarcal.

Ejemplos del vínculo que existe entre estos principios y las prácticas de violencia que se ejercen hacia ellas son los siguientes:

1. “Las mujeres tienen el deber de satisfacer los deseos sexuales de sus parejas y de serles fieles”,– Estudios describen cómo a las jóvenes, durante la etapa del noviazgo, se les presiona para tener su primera relación sexual.

2. “Las mujeres deben ser delicadas, bellas y sencillas” – Muchas mujeres se ven afectadas en su integridad física, pero sobre todo psicológica, por las exigencias que se les hacen a que mantengan una determinada apariencia física basada en modelos de belleza fundamentalmente occidentales.

3. “Las mujeres no son lo suficientemente inteligentes para tomar decisiones por sí solas” – La voz de algunas mujeres se ignora en la toma de decisiones importantes, las cuales pueden ser trascendentales incluso para su propia vida; entre otros.

Sirva lo anteriormente expuesto para explicar la importancia y trascendencia de esta Declaración (y en especial de la definición de violencia hacia la mujer que aparece en su artículo primero) para el movimiento feminista a nivel internacional y para los estudios sobre violencia que le han precedido. También para reconocer la vulnerabilidad de ellas ante un poder patriarcal que las excluye, las limita y les dificulta el logro de la plenitud.

La violencia de género tiene género: el masculino

La violencia de género (VG) es mucho más amplia y se define como todo acto de violencia basado en el género que tiene como resultado posible o real un daño físico, sexual o psicológico, incluidas las amenazas, la coerción o la privación arbitraria de la libertad, ya sea que ocurra en la vida pública o en la vida privada. La la VG tiene sus raíces en la construcción genérica existente en las sociedades y explicita que es un acto de violencia basado en la pertenencia a un determinado sexo biológico y en las expectativas, las normas, las prácticas y los valores sociales diferenciados para hombres y mujeres, que se derivan de este hecho.

La VG hace alusión a los patrones socio – culturales y de poder que la sustentan, los cuales han sido construidos previamente o se están construyendo para la legitimación de un sistema androcéntrico que pondera a los hombres y a lo masculino en detrimento de las mujeres y de lo femenino. En este sentido, vale destacar que esta es una violencia que contribuye a legitimar y reproducir el poder masculino hegemónico a escala social.

Este es un aspecto sumamente significativo para la identificación y comprensión de este fenómeno, ya que permite ahondar en sus raíces y esencia cultural, develando “su mezcla con mitificaciones y aseveraciones dogmáticas, fundadas en atributos o carencias consustanciales a la naturaleza de la mujer, heredadas de una tradición patriarcal que configura un mundo aparte para ellas. A partir de ello, se condiciona el pensamiento, se moldea la estructura de la personalidad en los seres humanos y se constituye un proceso de adoctrinamiento sociológico impartido desde la cuna. Téngase en cuenta que la puesta en práctica de lo aprendido se convierte en costumbre, y la costumbre, con el tiempo, queda erigida en cultura de los pueblos”[ii].

La VG constituye la expresión del poder patriarcal, sustentado en una cultura que presenta lo femenino como “inferior”, “inmaduro” e “incapaz”. Es ella la que moldea a su conveniencia las costumbres y prácticas sociales, imponiéndolas desde su hegemonía como el deber ser. A través suyo se promueve un modelo de relación entre hombres y mujeres asimétrico, en el que ellos pueden decidir, disciplinar, controlar, dominar y someter, utilizando incluso métodos violentos si fuese “necesario”. La ideología impuesta no es espontánea ni biológica, ni propia del desarrollo natural de los seres humanos; sino de lo que se considera conveniente, de lo adecuado, eficaz e interesadamente útil para concentrar y preservar el poder exclusivamente en manos de los varones[iii].

Los cimientos que sustentan esta cultura y por tanto la VG, se naturalizan en los aprendizajes que se transmiten de generación en generación, a través del proceso de socialización que los presenta como dados e inamovibles. Esta realidad constituye una muestra de cómo se legitima el poder masculino hegemónico, y también de los obstáculos que este supone para lograr el encuentro humano – racional con la verdadera esencia de este fenómeno: la cultura.

Llegar a este punto constituye una herramienta superpoderosa para quienes trabajan por la paz, pues permite entender y explicar que si la (re)producción de la violencia se hace depender de la construcción cultural de la realidad que hemos hecho las humanas y los humanos a lo largo de los siglos, tenemos pues el mismo poder para reconstruirla, aunque nos tome tiempo.

Lo expuesto hasta aquí permite ampliar sobre una de las más importantes tipicidades de este tipo de violencia y es la siguiente: las mujeres constituyen sus principales víctimas.

La realidad indica que son las mujeres quienes, generalmente, se encuentran en la posición de víctimas y este es un hecho que no se puede desconocer o minimizar. Dos argumentos que sirven para esclarecer este criterio son:

a. La violencia de género se ampara en la cultura patriarcal, cuyos principios tributan a la subordinación de las mujeres. Este hecho contribuye a la naturalización de estas prácticas en nuestros contextos, a partir de la “legitimidad” que adopta en ellos el poder masculino.

b. La existencia milenaria de sociedades machistas en las que se potencia y justifica no solo la desigualdad ante la ley, sino de oportunidades entre hombres y mujeres en detrimento de las últimas; supone una situación de desventaja heredada para ellas, que las hace más vulnerables.

 

La fuerte jerarquización que caracteriza el sistema patriarcal conlleva un ejercicio constante de poder (y poderes) que se podría adjetivar de monopolista y oligárquico hacia ellas, usualmente instaurado bajo ropajes políticos diversos y ello, sobre todo, aunque no de manera exclusiva, en cuanto al sistema sexo – género se refiere, estableciendo incluso para los individuos pertenecientes al sexo – género hegemónico pautas que dificultan o imposibilitan (según la pertenencia simultánea a otros estatus no privilegiados) el acceso a esa hegemonía[iv].

No obstante, se debe destacar que el género dicta normas no solamente para las relaciones hombre – mujer, sino también para las relaciones que se establecen entre hombres y entre mujeres. “Las asignaciones de género para unos y otras se materializan en las normas sociales que se establecen mediante la socialización.

Ello conlleva a que unas y otros sean violentados según su género mediante censuras, prohibiciones y reiteraciones de forma diferente, ya que estas tienen por objetivo conformar modelos ideales de hombres y mujeres al estilo patriarcal, cuyas características dicotómicas facilitarán el ejercicio del poder; dominación de unos y el de la sumisión – subordinación de las otras[v].

Lo anterior ayuda a entender por qué de acuerdo con la teoría, la VG tiene un género: el masculino, independientemente del sexo físico del agresor”[vi]. El fin de esta violencia es mantener la dominación masculina y encuentra en los hombres sus principales guardianes, en tanto principales beneficiados de este sistema de poder. Por eso, generalmente, el perpetrador es un hombre motivado por cuestiones de género.

Sin embargo, también existen probabilidades de que aquellos hombres que no se ajustan al modelo patriarcal establecido para su sexo biológico sean víctimas de VG en sus relaciones intragenéricas, es decir, principalmente en la que establecen con otros hombres en su condición de pares. Pensemos, por ejemplo, en aquellos que son víctimas de burlas por parte de sus colegas de trabajo, por no responder a los patrones de la masculinidad hegemónica por el modo en que relaciona con su esposa o atiende a sus descendientes, u otros que son obligados a enfrentar determinadas fobias por aquello de que los hombres no deben tener miedo a nada y siempre tienen que demostrar su valentía.

No obstante, los datos demuestran que la posición de los hombres como víctimas de la violencia de género es estadísticamente insignificante en relación con la cantidad de casos en que resultan afectadas las mujeres. Del mismo modo, resultan ínfimos los casos en que ellas resultan ser victimarias.

“La idea de que una mujer pudiera aterrorizar a su marido tuvo extenso eco entre los medios de comunicación, introdujo mucha confusión y reforzó la oposición contra la campaña de ayuda a las mujeres maltratadas. El equipo de investigadores integrado por Straus, Gelles y Steinmetz indicaba que era común que el marido fuera víctima de maltrato por su esposa. Sin embargo, luego de una serie de minuciosos estudios, casi todos los autores llegaron a la conclusión de que, aunque algunas mujeres podrían ser violentas con sus maridos, dicha violencia no era tan común como la violencia de los maridos con sus mujeres, y que cuando la esposa era violenta, la violencia se utilizaba generalmente en defensa propia y, de todos modos, raramente provocaba lesiones graves y muy a menudo no se reiteraba”[vii].

Reflexiones finales

Cuando comencé a escribir este artículo estaba lejos de imaginar cuánta polémica provocarían mis reflexiones en voz alta sobre el asunto, no solo en mí o en mis seres más allegados, sino entre el grupo de colegas a quienes presenté las primeras versiones. Sin embargo, tenía algo muy claro; debía de escribir mis ideas, pues a veces en el acto de comunicarnos la esencia del discurso se pierde, se transforma o se tergiversa (incluso sin la intención de las partes que participan). Creo que la polémica dentro de la ciencia es y seguirá siendo una de las bases primordiales para su desarrollo y, por eso, considero que el ejercicio de comentar mis consideraciones iniciales fue crucial para posicionarme mejor respecto al tema.

Teniendo en cuenta mis resultados, creo muy pertinente la realización de un debate teórico sobre la violencia de género en Cuba, que dé al traste con concepciones erradas sobre el tema, que obstaculizan el camino hacia el desarrollo social y la consolidación del movimiento de hombres y mujeres que luchamos por la justicia y la paz.

Otra bibliografía consultada:

-Corsi, Jorge (compilador) (2003). Maltrato y abuso en el ámbito doméstico. Fundamentos teóricos para el estudio de la violencia en las relaciones familiares. Buenos Aires: Paidós. Citado por: Miranda, María Antonia (2005). Un niño dice no

a la violencia. Una aproximación sociológica al tema del maltrato infantil. En: Proveyer, Clotilde (2005). Selección de lecturas de sociología y política social de género. Ciudad de la Habana: Editorial Félix Varela.

-Naciones Unidas (1993). Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer. Nueva York.

– Organización Mundial de la Salud (OMS) (1996). WHO Global Consultation on Violence and Health. Violence: a public health priority. Ginebra. (documento inédito WHO/EHA/SPI.POA.2).

 


[i] Clotilde Proveyer: “La violencia contra la mujer en las relaciones de pareja. Consideraciones para su estudio”, en Clotilde Proveyer Cervantes (compiladora): Selección de Lecturas de Sociología y Política Social de Género, Editorial Félix Varela, La Habana, 2005, pp. 132 – 172. 8

[ii] Ana María Pérez: Una cuestión incomprendida, Editorial Horas y horas, Madrid, 1995.

[iii] Ana María Pérez: “La violencia de género ¿tiene solución?”, ponencia dictada el 14 de diciembre de 2007, UNED.

[iv] Buenaventura, 1991, citada por Proveyer: Selección de Lecturas de Sociología y Política Social de Género, ob. cit.,p. 143. 10

[v] Clotilde Proveyer: ob. cit.

[vi] Welter – Lang, 1991: 278, citado por Saffioti , 1997:82 (Saffioti, Heleith I. B. (1997): “Los ejes del poder: violencia de género en Brasil”, en Ana María Brasileiro (compiladora): Las mujeres contra la violencia rompiendo el silencio. Reflexiones sobre la experiencia en ALAC, Nueva York: Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidad para la mujer (UNIFEM)).

[vii] Straus. M, Gelles, R.L y Steinmetz, S. “Venid closed doors: violence in the American Family”, Nueva York, Anchor, 1980; citado en: Violencia contra la mujer en la familia, Naciones Unidad, Nueva York, 1989, p. 15. Citado por: Clotilde Proveyer: ob. cit. 11.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

13 + 20 =