Las aceleradas transformaciones científicas, tecnológicas y sociales reclaman a la educación la formación de hombres y mujeres activos, con capacidad crítica, de trasformar la realidad y transformarse a sí mismos, autónomos y responsables para convivir en forma consciente en la sociedad y aptos para adaptarse a la compleja realidad del mundo contemporáneo, en rápida mutación.
La Declaración Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural proclama, en su concepción general, la identidad, diversidad, el pluralismo y la creatividad como derechos de todos y cada uno de los ciudadanos, bajo el principio fundamental de respeto a la diversidad humana.
Estos aspectos conforman la individualidad, la singularidad particular de cada ser humano, que es resultante de la interacción dialéctica entre las condiciones biológicas y socio históricas del desarrollo bajo la acción del medio sobre el individuo y la actividad modificadora y auto-modificadora de este.
Londoño A. M. plantea que todas las personas somos individuos diferentes en sexo, capacidades, ritmos vitales y aprendizaje, en gustos y aficiones, en orígenes… esta es la realidad diversa en la que vivimos….
Las diferencias individuales entre las personas son, por tanto, la resultante de las premisas y condicionantes bio-genéticas, como de la historia de vida personal del sujeto, individuo que vive inmerso en el complejo sistema de influencias de su ambiente, su cultura, sus condiciones socio históricas concretas. Estas diferencias naturales suelen ocasionar exclusiones.
La inclusión social y la educativa guardan relación; los grupos vulnerables sujetos al proceso de inclusión tienen en ocasiones múltiples exclusiones, que se generan en la sociedad, la escuela, la familia y los contextos de interacción.
¿Por qué el enfoque de género y derechos para comprender la inclusión social y educativa? ¿Cuáles son sus límites? ¿Es sustentable y sostenible la inclusión en los contextos educativos?
Aunque esbozaremos algunas ideas, todavía no queda claro para los profesionales de diversas disciplinas que, al hablar de inclusión, se reconoce de hecho la exclusión de los diferentes grupos en vulnerabilidad y que las sociedades se niegan al reconocimiento de las minorías diversas que, en sus supuestos, afectan “lo normalmente aceptable”.
La escuela –reproductora de las exclusiones sociales por lo bancario de la educación y reproductora de los mitos, estereotipos y otras formas a veces sutiles de exclusión– minimiza los procesos de inclusión social y educativa. Solo el hecho de ofrecer educación gratuita y oportunidades de continuidad de estudios en todos los niveles educacionales no siempre es garante del reconocimiento de esta diversidad y de la igualdad de oportunidades.

¿Por qué el enfoque de género y derechos para comprender la inclusión social y educativa?
La inclusión, vista como fenómeno y paradigma con enfoque social, abarca a las personas o grupos de personas sujetas a una realidad de segregación o marginación social, que se encuentran en una situación precaria por diversas circunstancias, como la pobreza, el origen étnico, género, las condiciones de discapacidad o religión, entre otras formas de manifestarse la diversidad. Tiene como medida u objetivo, entre otras cuestiones, mejorar las condiciones de vida y ofrecer oportunidades, se sustenta en un entramado de situaciones que resultan a veces algo complejas para los operadores de los procesos “inclusivos”.
En primer lugar, porque la inclusión social se debe a la existencia de grupos excluidos por la propia sociedad, a los que les resulta difícil aceptar.
En segundo lugar, la inclusión está en el debate y en las agendas y políticas públicas de los gobiernos, a partir de la asunción de compromisos y leyes internacionales. Sin embargo, su aplicabilidad a veces se limita por la incomprensión de los sujetos y la falta de percepción o falsa percepción que se tiene de los sujetos que sufren la exclusión, al decir “que estos no constituyen mayoría”. Así se tiende a alejar o posponer los procesos inclusivos en toda su dimensión.
La tercera mirada a este asunto radica en el establecimiento de los límites de la inclusión, donde se parapetan estos operadores de la inclusión.
Leamos algunos testimonios que ilustran la vulnerabilidad de derechos y la inclusión:
1. “Ofrecemos oportunidades de aprendizaje, socialización e inclusión laboral de las personas con discapacidad; sin embargo obviamos el reconocimiento de su sexualidad¨.
2. ¨Yo tengo discapacidad visual, soy mujer y me gradué en la CUJAE de ingeniera en Química, mis resultados fueron altos y, al buscar trabajo en mi especialidad, no me lo dieron, “porque, ¿cómo yo podía seguir un proceso productivo, de esta especialidad, si soy ciega? Afortunadamente, me coloqué como profesora de Química y Matemática, en una escuela para niños y adolescentes con discapacidad visual…”
3.… “Mi pareja es otra mujer. Cuando se enteraron en mi trabajo, fui objeto de burlas, acoso y demás, tuve que pedir la baja y cambiarme de trabajo, estuve un tiempo con problemas nerviosos, porque salí del closet, de manera abochornada…”
Desmontar las percepciones negativas que se tienen de las personas a partir de su identidad de género, discapacidad, de su situación económica, color de la piel, u origen territorial, constituye una necesidad de las sociedades y en particular de la institución educativa, para disminuir las brechas en la igualdad de oportunidades y acceso a la educación. Por ello la inclusión social y la inclusión educativa constituyen ejes estrechamente vinculados en el proceso de acceder a la igualdad de oportunidades.
Al respecto, Borges S. (2014) señala que la inclusión educativa “….es una concepción que reconoce el derecho a todos/as a una educación de calidad, independientemente de sus particularidades y características que condicionan las variabilidades en su desarrollo y que propicie su integración a la sociedad como individuos plenos en condiciones de poder disfrutar las posibilidades que ella ofrece y contribuir a su perfeccionamiento”.
Entonces ¿la inclusión social y educativa responde a un enfoque de género y derechos? En el «Consenso de Montevideo», en Uruguay, en 2013, durante la Primera Reunión de la Conferencia Regional sobre Población y Desarrollo de América Latina y el Caribe, se adoptó la integración plena de la población y su dinámica en el desarrollo sostenible, con igualdad y enfoque de derechos, como elemento clave del Programa de Acción de El Cairo después de 2014.
Entre los acuerdos suscritos, se evidencia el asociado con los «Derechos, necesidades, responsabilidades y demandas de niños, niñas, adolescentes y jóvenes», que establece: «Asegurar la efectiva implementación de programas de educación integral de la sexualidad, reconociendo la efectividad, desde la primera infancia, respetando la autonomía progresiva del niño y las decisiones informadas de adolescentes y jóvenes sobre su sexualidad, con enfoque participativo, intercultural , de género y de derechos humanos»
En el contexto cubano, desde el Ministerio de Educación, Roca Sayas expresa “que el enfoque de género es una categoría descriptiva, al dar visibilidad a las desigualdades entre hombres y mujeres; analítica, porque permite señalar e interpretar las diferencias y las desigualdades que existen entre hombres y mujeres en una sociedad determinada; y política, al ser una opción que nos compromete con la transformación de las inequidades”.
Este mismo autor significa que “el enfoque de derechos sexuales explica el reconocimiento de los derechos sexuales para su promoción, respeto y defensa por todos los sectores de la sociedad”. Estos derechos fueron proclamados el 26 de agosto de 1999, en el 14 Congreso Mundial de Sexología, en Hong Kong, República Popular de China, y deben ser respetados como parte de los derechos humanos universales basados en la libertad, dignidad e igualdad inherentes a todos los seres humanos.
Estos derechos son:
• El derecho a la libertad sexual.
• El derecho a la autonomía, integridad y seguridad sexuales del cuerpo.
• El derecho a la equidad sexual.
• El derecho al placer sexual.
• El derecho a la expresión sexual emocional.
• El derecho a la libre asociación sexual.
• El derecho a la toma de decisiones reproductivas, libres y responsables.
• El derecho a información basada en el conocimiento científico.
• El derecho a la educación sexual integral.
• El derecho a la atención de la salud sexual.
¿Cómo se relacionan estos derechos con la inclusión social y educativa? ¿Es importante visibilizarlos en los procesos educativos? Las respuestas a estas preguntas son asignaturas pendientes en la formación del profesorado y en los debates académicos, donde se necesita potenciar aspectos medulares como:
• Ofrecer oportunidades de ingreso y permanencia en la institución educativa a todo el alumnado, expresando su identidad de género, tal y como se asumen.
• Tener currículos flexibles, regulaciones y reglamentos, adaptados a las necesidades del estudiantado y el profesorado, con recursos didácticos que favorezcan el aprendizaje, así como métodos, vías, accesos y formas de evaluación, entre otros.
• Disponibilidad de docentes con adecuada preparación, motivación y disposición.
Reconocer la inclusión social y educativa con enfoque de género y derechos en las instituciones educativas significa:
1. Reconocer en las políticas particulares de las instituciones educativas, la organización escolar, reglamentos escolares, sistemas de clases y otras actividades; la adaptación a las necesidades del alumnado y el profesorado, para generar igualdad de oportunidades y disminuir las inequidades por identidad de género, color de la piel, discapacidad, estatus económico u otras que afecten o vulneren los derechos.
2. La formación permanente del profesorado y el alumnado en estos temas debe constituir espacios de reflexión constante para continuar construyendo una sociedad más justa, “con todos y para el bien de todos”.

Bibliografía
1. Borges y M. Orosco. (2014). Inclusión educativa y educación especial. Un horizonte singular y diverso para igualar las oportunidades de desarrollo. Sello editor: Educación Cubana. Folleto UNICEF.
2. Castro Espín, M (2017). La integración social de las personas transexuales en Cuba. Prólogo de Mayra Espina Prieto. Editorial CENESEX.
3. Constitución de la República de Cuba. Gaceta Oficial, 2019
4. Educación Inclusiva y prácticas en el aula www.pnte.cfnavarra.es
5. Educación Inclusiva: Enseñar y aprender en la diversidad. www.reduc.cl/reduc/
6. Educación para Todos, cumplir nuestros compromisos www.proyecto-cas.org
7. Educación para todos. www.unesco.cl
8. García Ajete, L, (2018) Conferencia. PPT, impartida en el VIII Taller Nacional de Promoción De Salud y Prevención de Enfermedades. Ministerio de Educación Superior. Universidades de las Ciencias Informáticas, 9 y 10 de mayo, 2018
9. Méndez de Viera, R. (1995). Educación inicial y diversidad. Inclusión social\Documentos\INFORMACIÓN PARA PARTICIPANTES\materiales del curso\EDUCACIÓN INICIAL Y DIVERSIDAD.htm
10. Méndez, I y otros (2017) Inclusión educativa. Recursos, apoyos y estrategias, para una escuela abierta a la diversidad.
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12. Roca Zayas. A Educación Integral de la sexualidad, con enfoque de género y derechos en el sistema educacional. VIII Ciclo de cooperación entre el MINED y el UNFPA, 2014-2018). Editorial Ministerio de Educación. Cuba, 2015

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