La Habana, mayo, (SEMlac). –La entrada en vigor en Cuba de un nuevo Código de las Familias ha impactado positivamente en la respuesta de la nación caribeña a la epidemia de VIH-sida y en la garantía de los derechos sexuales y reproductivos de las personas, consideran juristas.
De acuerdo con Zulendrys Kindelán, asesora jurídica de la Unidad de Promoción de Salud y Prevención de Enfermedades (ProSalud), la implementación de la legislación aprobada en referendo popular en septiembre de 2022 ha favorecido a las poblaciones claves, personas que están más expuestas al riesgo del VIH, sea por su actividad o conducta sexual.
Es ciencia constituida que si se enfocan las acciones de las respuestas hacia estas poblaciones hay mayor posibilidad de éxito en frenar la epidemia, dijo la especialista durante el conversatorio “Los derechos sexuales en Cuba. Una mirada a la implementación del Código de las Familias”, efectuado este 9 de mayo en el Centro Nacional de Educación Sexual (Cenesex).
En el intercambio, realizado como parte de la edición 16 de las Jornadas cubanas contra la Homofobia y la Transfobia, puso como ejemplo que todo lo relativo a la aceptación de los diversos tipos de familias representa una ganancia enorme desde el punto de vista de la realización de derechos.
En ocasiones los entornos familiares se convierten en los primeros espacios de exclusión, apuntó, y ello impacta en diversos ámbitos, como la adherencia a los tratamientos, esencial para cortar la epidemia. La familia es un importante apoyo para formar valores de autocuidado, subrayó Kindelán.
Reconocer la diversidad familiar ayuda a quien presta servicios de salud tomar en cuenta estos elementos para sus estrategias de promoción de salud y prevención de enfermedades.
La especialista de Prosalud aludió, igualmente, a que los aspectos del Código relativos a los cuidados tienen una incidencia favorable en estos grupos. Tenemos una generación de personas viviendo con VIH que no fundaron familia, viven solas y pueden encontrar cuidados mediante distintas variantes, comentó. Algo semejante ocurre con quienes practican sexo transaccional y, al llegar a cierta edad, no cumplen con los requisitos para acceder a la asistencia social, pero pueden convenir con otras personas para recibir cuidados.
Kindelán destacó el aporte en cuanto al diseño de los llamados servicios diferenciados, que no son distintos a los de la población en general, sino que se conciben para cubrir necesidades específicas de los grupos claves, considerando orientación sexual, identidad de género y, sobre todo, pueden convertirse en espacios libres de estigma y discriminación.
El Código de las Familias también beneficia la respuesta nacional al tratamiento a la violencia de género, enfatizó. “La violencia basada en género es una barrera estructural que limita el acceso a los servicios diferenciados”, subrayó.
Desde el punto de vista del acceso a la maternidad, la nueva ley igualmente representa un paso de avance para las mujeres positivas al VIH, aseguró la experta. Quienes tienen este diagnóstico, siempre que tengan carga viral suprimida pueden llevar adelante una gestación saludable y tener parto transvaginal. En Cuba, desde 2015, se certificó la eliminación de la transmisión de madre a hijo del VIH y la sífilis, condición revalidada este año.
Sin embargo, antes del Código, una mujer positiva al VIH se convertía en no elegible para acceder a las técnicas de reproducción asistida, aun cuando no lo establecía ninguna norma.
Además, mediante la gestación solidaria, aquellas mujeres con estado serológico positivo y limitaciones o enfermedades que les impiden un embarazo, tienen actualmente una posibilidad para lograr ser madres, afirmó.
La especialista de Prosalud significó que lo establecido en el Código con respecto a la autonomía progresiva y el interés superior del menor tiene una incidencia favorable en el ajuste de los protocolos de atención de la Consejería, tanto para el trabajo con adolescentes como con las familias.
El Código representa un avance en materia de protección a los derechos sexuales y reproductivos de las personas, sostuvo por su parte Sonia Zaldívar, asesora jurídica del Cenesex.
Disfrutar de la sexualidad de manera libre, sin ninguna forma de discriminación o violencia en general, es el derecho que transversaliza a todos los demás, remarcó y abordó otros elementos, como el acceso a información de calidad y la obligación de los responsables parentales de enseñar a las y los menores sobre estos temas.
No se trata solo de decir cuáles son los anticonceptivos, supone aceptar que niños, niñas y adolescentes tienen derecho a tener una identidad sexual propia y una orientación sexual escogida por ellos, comentó. Esto se vincula con el trabajo de la defensoría familiar, en el caso en que los intereses de los padres y de los menores podrían contraponerse, acotó.
Entre las obligaciones parentales, también destaca la de proteger al infante de ambientes de violencia, dijo Zaldívar y enfatizó que la ley dedica un apartado a la protección en los espacios digitales, en los cuales se dan hoy múltiples formas de violencia.
Los derechos de libre asociación sexual; el reconocimiento de la pluralidad familiar; el derecho a formar o no una familia, a decidir, en lo cual han sido esenciales las políticas de anticoncepción y de reproducción asistida, son otros aspectos reforzados por la legislación, remarcó Zaldívar.